Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2024-974)
BOP-2024-974 Bases para la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal de Administrativo/a.
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Durante el desarrollo de las pruebas selectivas los Tribunales resolverán todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de las bases de la convocatoria, y adoptarán los acuerdos que garanticen el buen
orden del proceso en lo no previsto expresamente por aquéllas. Los Tribunales podrán requerir a los
aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado/a, deberá emitir propuesta motivada de exclusión
del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes
admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su
solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la Resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo
del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de
la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de
la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De esta
actuación se dará conocimiento al interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones que
estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el
Tribunal, previa audiencia del/la interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso
selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano
competente el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo. Los
Tribunales podrán excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación de tipo
fraudulento durante la realización de los ejercicios.
Las resoluciones de los Tribunales vinculan al Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, aunque éste, en
su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el
Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, ubicado en la Plaza de la Constitución, 1, de Valencia de
Alcántara (Cáceres).
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no puede realizarse conjuntamente, se iniciará por orden
alfabético de apellidos a partir de la letra “G”, de conformidad con el sorteo efectuado previamente
(RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da
publicidad al resultado del sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los
aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2023) y figurará en el anuncio por
el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la
fecha, hora y lugar de comienzo del ejercicio. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al
menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el Tablón de Anuncios, ubicado en la sede electrónica
del Ayuntamiento (https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/).
Los/as aspirantes serán convocados/as para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente alegado y justificado
con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier
momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
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Lunes, 26 de febrero de 2024
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