Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2024-971)
BOP-2024-971 Aprobación inicial del Reglamento de funcionamiento interno de la Escuela Profesional dual de empleo de Extremadura: CuidArte.
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) Respetar el edificio, las instalaciones, mobiliario, herramientas, material y maquinaria
de los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura.
) Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo.
) Adoptar medidas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, utilizando correctamente las
protecciones y medios que el proyecto pone a su disposición.
) Cumplir con las obligaciones de carácter administrativo que se deriven por su
pertenencia en los programas de Escuelas Profesionales Duales de Extremadura.
) Se prohíbe la tendencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos
similares en los entornos de trabajo y formación.
) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la imagen del proyecto ofrece a
los municipios y su entorno.
Art. 5. Comportamiento y actitudes:
El alumno/a trabajador/a debe mantener, dentro y fuera de la Escuela, actitudes y
comportamientos respetuosos con sus compañeros, profesores y terceros (vecinos,
proveedores, técnicos, etc.) en general, y en particular:
) Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y
herramientas. Las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas que se extravíen
o deterioren por incumplimiento de deberes del alumno-trabajador serán repuestos por
cuenta del mismo, descontándose el importe de la reposición en la nómina.
) No está permitido el consumo de alcohol o drogas.
) Sólo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso o
fuera del horario lectivo.
) Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa,
siendo además por cuenta del alumno/a la limpieza y conservación del mismo.
) No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso,
salvo circunstancias excepcionales.
) No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las
clases o el tiempo de trabajo.
) El alumno/a trabajador/a deberá de reponer por su cuenta los elementos del equipo
personal (vestuario, protecciones personales o herramientas personales) en caso de
extravío o por deterioro no derivado de su uso.
Art. 6. Aprovechamiento y aprendizaje:
Se considerara faltas de actitud en relación con el aprendizaje todas aquellas que representen
un escaso o nulo interés del alumno/a trabajador/ra por su formación en cualquiera de sus
vertientes y situaciones (atención en clase, interés en las prácticas, realización de las tareas
encomendadas, respeto en clase al profesor y los compañeros, etc.) Para comprobar la
consecución de los objetivos formativos, se llevarán a cabo controles basados en una
evaluación continua, así como aquellos establecidos por el SEXPE. En ellos se observarán y
valorarán aptitudes, actitudes y conocimientos teóricos y prácticos, así como la progresión y
la situación personal.
Sera causa de exclusión no seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-practicas que
se impartan.
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
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Lunes, 26 de febrero de 2024
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