Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-956)
BOP-2024-956 Plan Estratégico de Subvenciones 2024.
22 páginas totales
Página
materia de seguimiento y evaluación.
Por otra parte, en materia de evaluación, desde el Área de Hacienda y Asistencia a Entidades
Locales se indicará a cada centro gestor, el procedimiento y documentos necesarios para su
realización.
17. CARÁCTER Y EFECTOS.
El contenido del Plan Estratégico es de carácter programático y no crea, por sí mismo,
derechos ni obligaciones entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y los/las
interesados/as, posibles solicitantes o beneficiarios/as. Su efectividad se condiciona a la puesta
en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo a condicionantes tales como las
disponibilidades presupuestarias y su ajuste a los objetivos de estabilidad presupuestaria
fijados por la normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 12.3 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
No podrán ser aprobadas líneas de subvenciones no previstas en el presente Plan, Estratégico
o en modificaciones posteriores, en su caso, salvo que se justifique debidamente la necesidad
ineludible de hacer frente a una actividad de fomento de utilidad pública o de interés social,
económico o humanitario. En estos casos, la Junta de Gobierno, en su condición de órgano
competente para aprobar el presente PES, deberá pronunciarse expresamente sobre la
modificación del mismo.
18. ACTUACIONES.
A continuación, se relacionan las líneas de actuación propuestas por las Áreas funcionales de
la Diputación.
El presente acto es definitivo en vía administrativa, y frente al mismo cabe interponer en el
plazo de dos meses a partir de la recepción de su notificación recurso contencioso -
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo de la ciudad de Cáceres o,
con carácter potestativo -y en los términos comprendidos en el artículo 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre- recurso de reposición ante esta Junta de Gobierno, en el plazo de un
mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
se estime oportuno.
Cáceres, 20 de febrero de 2024
Álvaro Casas Avilés
VICESECRETARIO
CVE:
BOP-2024-956
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de febrero de 2024
N.º 0039
Pág. 4210