Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-928)
BOP-2024-928 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la Seguridad y Convivencia Ciudadana
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- Depositar basura fuera de contenedores en la vía pública, dificultando el tránsito o
causando trastorno a los ciudadanos.
- Acampar libremente en el término municipal fuera de los lugares habilitados para ello.
- Depositar mobiliario en los contenedores, ya que para estos residuos el Ayuntamiento
tiene habilitado un servicio independiente.
- La reiteración de infracciones leves.
- (Etc.).
Se considerarán faltas leves todas aquellas infracciones a esta Ordenanza que no estén
tipificadas ni como graves ni como muy graves.
ARTÍCULO 30. Sanciones.
Las multas por infracción de esta Ordenanza Municipal deberá respetar las siguientes cuantías:
- Infracciones muy graves: hasta 3.000 euros.
- Infracciones graves: hasta 1.500 euros.
- Infracciones leves: hasta 750 euros.
DISPOSICIÓN ADICIONAL [2].
Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves
a los seis meses.
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por
faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación[3] integra en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor
hasta su modificación o derogación expresa.
[1] Tal y como establece el artículo 139 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, para la adecuada ordenación de las relaciones de convivencia de
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BOP-2024-928
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Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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