Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-927)
BOP-2024-927 Aprobación definitiva Ordenanza Limpieza Viaria.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Calzadilla
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Limpieza Viaria.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la Limpieza Viaria cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
PREÁMBULO.
El nivel de calidad de vida que se disfruta en un municipio se encuentra estrechamente ligado
entre otros a los servicios que atienden a su limpieza viaria, así como la gestión de los residuos
urbanos que se producen como inevitable consecuencia de su diaria actividad.
Sin embargo alcanzar un buen nivel de gestión y eficiencia los servicios de limpieza, no sólo
exige el esfuerzo de este Ayuntamiento, mediante la aportación económica necesaria para
dotar al municipio del complejo equipamiento y organización que se precisa. Ya que de poco
serviría este esfuerzo sin la implicación de los ciudadanos, debido a que mediante a sus pautas
de comportamiento en sus relaciones con el entorno urbano, son ellos quienes determinan en
gran medida las posibilidades del éxito pretendido. Así con objeto de establecer el marco de
regulación básico, tanto de las actuaciones esperadas de los ciudadanos como de la
organización de los servicios que el Ayuntamiento dispone, se ha elaborado el texto de esta
Ordenanza de Limpieza Viaria, atendiendo a los principios de autonomía local y las
competencias que le corresponden conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las bases de régimen local.
CVE:
BOP-2024-927
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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