Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-923)
BOP-2024-923 Aprobación de la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de Empleo para Técnico Administrativo/a.
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Tablón de Anuncios, para mayor difusión) que reúnen los requisitos de capacidad y los exigidos
en la convocatoria (Anexo I).
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición de jefatura
directa del personal, y se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/info.0 (y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para
mayor difusión).
Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión como
funcionario/a interino/a por los/as nombrados/as dentro del plazo de 3 días hábiles a partir de
dicha publicación.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al
reconocimiento de la condición de personal funcionario de carrera.
DÉCIMA. Funcionamiento y Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no
resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran
resultar necesarios para cubrir en su caso esta vacante temporalmente debido a bajas por
enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
Solo formarán parte de la bolsa aquellos aspirantes que superen la fase de oposición.
Estas reglas tendrán vigencia hasta la aprobación de un reglamento regulado de bolsas de
empleo.
1. El órgano competente aprobará la Bolsa de Trabajo comprensiva de las personas incluidas
en la misma, de la puntuación obtenida y del orden de llamamiento en su caso, la cual será
expuesta al público en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en la
web municipal sin que se efectúe notificación personal a ninguno de los/as interesados/as.
El órgano competente solo podrá denegar la aprobación de la propuesta de Bolsa de empleo
por motivos de legalidad a justificar en la resolución oportuna.
CVE:
BOP-2024-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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