Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-920)
BOP-2024-920 Convenio de encomienda de gestión de residuos sólidos urbanos suscrito con el Ayuntamiento de Brozas.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RSU
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Cuarto. - El artículo 11.1 de la LRJSP establece que “La realización de actividades
de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de
las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades
de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus
competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean
los medios técnicos idóneos para su desempeño.”
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP la
formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre órganos y
Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se formalizará mediante
firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que LA ENTIDAD LOCAL, en la sesión plenaria de 26 de julio de 2021
ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio MásMedio de la
prestación del servicio de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de Residuos Domésticos
y asimilados.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente
convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, suscriben el
presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación del servicio
municipal de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de Residuos Domésticos y asimilados,
al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido
en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1, 26, 57 y 106 de la
LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas competencias gestionará, en
encomienda de gestión, con carácter supramunicipal, el Consorcio MásMedio.
CVE:
BOP-2024-920
Verificable
en:
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Viernes, 23 de febrero de 2024
N.º 0038
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