Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-920)
BOP-2024-920 Convenio de encomienda de gestión de residuos sólidos urbanos suscrito con el Ayuntamiento de Brozas.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RSU
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Conforme lo dispuesto en el artículo 3.3 de los Estatutos del Consorcio
MásMedio: “Las Entidades integradas al Consorcio podrán solicitar libremente,
mediante acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de
los servicios que preste el Consorcio, reflejándose la opción elegida en el
correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se considere
oportuna.”
El artículo 3.4 de los Estatutos del Consorcio dispone que “El Consorcio tendrá
por objeto garantizar, de forma preferente, mediante una fórmula de gestión
compartida y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios
mínimos obligatorios de recogida y tratamiento de residuosy abastecimiento de agua
potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.”
Asimismo, y conforme lo dispuesto en el artículo 37 de los Estatutos del
Consorcio MásMedio: “El Consorcio podrá suscribir convenios de colaboración con
cualquiera de las entidades consorciadas u otras entidades de derecho público o
privado para la consecución de los fines y objetivos definidos en el artículo 3 de estos
estatutos. El convenio suscrito a tales efectos definirá su naturaleza, el compromiso
de las partes firmantes y las condiciones de su cumplimiento.”
Tercero. El AYUNTAMIENTO, a fin de garantizar la economía de recursos y el
desarrollo sostenible estima necesario coordinarse con el Consorcio MásMedio
encomendándole la gestión del servicio de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de
Residuos Domésticos y asimilados, pudiendo prestar de esta manera un servicio más
económico y en condiciones más ventajosas.
Esta encomienda de gestión se realiza al amparo de lo dispuesto en los artículos
57 y 106 de la LRBRL, el artículo 110 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local, los artículos 15 y 18 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de
Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura del artículo 11 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en adelante LRJSP, los
artículos 152y 154 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
(en adelante TRLHL), los artículos 37 a 40 del Reglamento de Servicios de las Entidades
Locales y demás normativa de desarrollo, así como sus Estatutos cuyo texto
consolidado actualmente vigente fue publicado en el BOP Nº 0199, de 16 de octubre de
2020, con modificación posteriorytexto consolidadoy actualmentevigente publicado
en el BOP 0230 de fecha 1 de diciembre de 2022.
CVE:
BOP-2024-920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de febrero de 2024
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