Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2024-895)
BOP-2024-895 Proceso de estabilización para cubrir una plaza de Peón de Servicios Múltiples.
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Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para
la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las
comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo
que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de
estos datos.
CUARTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo de 1 mes declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En
dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento [http://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es], se señalará un plazo de
diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y
en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es].
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El tribunal calificador será nombrado por la Alcaldía y contará con 1 Presidente/a, 1
Secretario/a y 3 Vocales. Su composición será predominantemente técnica y los/as vocales
deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a
las plazas convocadas.
El nombramiento de los/as miembros del tribunal calificador se hará público de la misma
manera que la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
CVE:
BOP-2024-895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de febrero de 2024
N.º 0037
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