Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-881)
BOP-2024-881 Plaza de Alguacil.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
- Servicios prestados como Auxiliar-Administrativo en una Administración Local,
Autonómica o Estatal o en una empresa privada: 0,10 puntos por mes trabajado.
Cuando la experiencia sea a tiempo parcial, se tendrán en cuenta los días que aparezcan en
la vida laboral en la columna de días acreditados.
De la suma total de días trabajados y divididos entre 30, se despreciarán los períodos de
tiempo inferior al mes.
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA.
Se justificará de la siguiente manera:
1º) Mediante contrato de trabajo, certificado oficial de empresa o nombramiento de la
Administración Pública u otro documento público suficientemente acreditativo de los
servicios prestados. Deberá constar en el contrato o en algún documento certificativo, la
categoría profesional.
2º) Se deberá aportar también la vida laboral actualizada, que se considerará un documento
complementario de los anteriores a efectos de constatar el tiempo de los servicios
prestados. Este documento por sí sólo no será suficiente para la acreditación de la
experiencia profesional del/a solicitante y de los servicios realizados y aducidos
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.
Toda la documentación presentada deberá ser original o copia compulsada.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
SÉPTIMA. Calificación
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación
obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la fase de
oposición más el porcentaje establecido para la fase de concurso.
El resultado de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una
de ellas, será la puntuación final.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento
Una vez terminada la calificación y baremación, el Tribunal hará pública la relación de
aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://casasdemillan.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte
días hábiles desde la publicación de la relación de aprobados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://casasdemillan.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios, para
mayor difusión, que reúnen los requisitos de capacidad y los exigidos en la convocatoria .
Cód.
Validación:
9DGXNH69P3P2GMCRJR9MJKJPL
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-881
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de febrero de 2024
N.º 0036
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