Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-849)
BOP-2024-849 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Residencia de Mayores.
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Ayuntamiento de Castañar de Ibor
 Desayuno: de 8:00 a 9:30 horas.
 Comida: de 13:00 a 14:00 horas.
 Merienda: a las16.30 horas en las salas de estar.
 Cena: 19:00 a 21 horas.
 Suplemento, en su caso, a las 23 horas.
10.3. No está permitido sacar utensilios del comedor ni introducir alimentos que no sean
del
centro.
10.4. Los horarios que se fijen dentro de dichos intervalos tendrán que ser cumplidos con la
mayor rigurosidad, con el fin de no entorpecer el funcionamiento del centro.
10.5. La plaza en el comedor es fija, no obstante, el responsable del centro, por
necesidades del servicio podrá efectuar los cambios que se consideren oportunos. Si por
cualquier causa desee una modificación deberá canalizar su petición a través de los
cauces establecidos en este Reglamento de Régimen Interior.
10.6 Se debe respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor
respeto, mantener el decoro en la mesa, evitando realizar cualquier acto que produzca
repulsa a los demás.
10.7. No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas de este
servicio.
Artículo 11. Habitaciones
11.1. El uso del espacio de la habitación común se repartirá equitativamente entre sus
ocupantes, facilitando en todo lo posible la colocación de prendas y utensilios. Deberá
distribuirse el horario de forma que puedan disponer en igualdad de tiempo los servicios y
el baño común. Se mantendrá al máximo la debida limpieza y decoro en la habitación,
respetando los objetos y prendas de los compañeros, no utilizándolas sin su
consentimiento. Desde las 23:00 y hasta las 8:00 horas de la mañana se guardará silencio
en la habitación con el fin de permitir el descanso, así como en las zonas comunes anejas
a las habitaciones.
11.2. No se permitirá, salvo caso de enfermedad, y debidamente autorizado, permanecer
en ella y servirles comidas en la misma.
11.3 Se abstendrá de modificar las instalaciones de las habitaciones y de utilizar aparatos
no autorizados por el responsable del centro, tales como radiadores, neveras, etc.
11.4 Si se observa alguna anomalía que se produzca en su habitación (fontanería,
electricidad,) deberá comunicarlo al personal responsable.
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Cód.
Validación:
6957WPZSEZ5ZYLJS7RD4ZD3QS
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-849
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Martes, 20 de febrero de 2024
N.º 0035
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