Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-849)
BOP-2024-849 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Residencia de Mayores.
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Ayuntamiento de Castañar de Ibor
 Presiente: El/la Alcalde/sa-Presidente/a o concejal en quien delegue.
 Secretario: El/la Trabajador/a Social del S.S.B., como personal técnico.
 Vocales:
 Un representante de los trabajadores del centro, que será libremente elegido
mediante votación por los usuarios entre los mismos, con voz pero sin voto.
 El/la adjudicatario/a del servicio, que asistirá a la Comisión con voz pero sin
voto.
Artículo 24. De la Comisión de Evaluación y Seguimiento del Centro: convocatoria,
actas y competencias
24.1- Convocatoria:
La convocatoria de las sesiones de la Comisión se realizarán al menos con 48
horas de antelación, salvo casos de extremada urgencia y necesidad, que se podrán
convocar con al menos 3 horas de antelación, cuando así lo estime el Presidente, y como
mínimo una vez al año, o cuando lo solicite por escrito el representante de los usuarios y
se aprecie la necesidad de la convocatoria avalada por informe favorable del/la
Trabajador/a Social o cuando lo solicite la mitad más uno de los miembros que la
componen.
La convocatoria habrá de contener el orden del día, fecha, hora y lugar de celebración de
la sesión, haciéndose pública su convocatoria mediante anuncios en el Centro.
La Comisión del centro se constituirá válidamente cuando concurran a la sesión la mitad de
los Vocales con derecho a voto, y de no alcanzar este quórum, la misma quedará
convocada automáticamente en segunda convocatoria pasadas 24 horas, quedando
válidamente constituida sea cual sea el número de asistentes.
Para la válida constitución de la Comisión del centro se requerirá la asistencia del
Presidente y el Secretario o de quienes legalmente les sustituyan
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple de los miembros
asistentes.
24.2.- Actas
En cada reunión de la Comisión se levantará acta por el Secretario/a donde figure el
número de asistentes, desarrollo del orden del día y acuerdos adoptados.
Una copia del acta deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
24.3.- Competencias de la Comisión de Evaluación y seguimiento:
Corresponde a la Comisión del centro conocer y emitir propuestas relativas a
cambios en la gestión del centro en general; sobre aspectos de organización contemplados
en este Reglamento interno y sobre aquellos aspectos, que no estando recogidos en el
Reglamento ni sea competencia de otras instancias, incidan en una mejora de la prestación
del servicio.
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Cód.
Validación:
6957WPZSEZ5ZYLJS7RD4ZD3QS
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de febrero de 2024
N.º 0035
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