Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2024-805)
BOP-2024-805 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de cementerio.
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Las inhumaciones que ordene la autoridad judicial y que se efectúen en la fosa común
o lugar que asigne el Ayuntamiento para estos supuestos.
Aquellos otros enterramientos que, por sus circunstancias excepcionales o especiales,
determine el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 5.º- CUOTA TRIBUTARIA: Se determina conforme a la siguiente tarifa:
Por solicitud de asignación de nicho/columbario para su ocupación con carácter
permanente efectuada por sujetos pasivos empadronados/as:
Nicho: 600,00 €.
Columbario: 300,00 €.
Por solicitud de asignación de nicho/columbario para su ocupación con carácter
permanente efectuada por sujetos pasivos no empadronados/as y exclusivamente
para personas nacidas en Torrejón el Rubio.
Nicho: 900,00 €.
Columbario: 450,00 €.
Por solicitud de asignación de nicho/columbario para su ocupación con carácter
permanente efectuada por empresas aseguradoras:
Nicho: 900,00 €.
Columbario: 450,00 €.
ARTÍCULO 6.º- ADMINISTRACIÓN Y COBRANZA: Los derechos señalados en la tarifa
precedente se devengarán desde el instante mismo en que se solicite la expedición del
correspondiente título o permiso.
ARTÍCULO 7.º- Los nichos concedidos con carácter permanente lo serán por un periodo
máximo de cincuenta años, pudiendo ser renovada dicha concesión de acuerdo con las
disposiciones legales y ordenanzas municipales vigentes en el momento de la caducidad. En
ningún caso esta concesión representará el derecho de propiedad que señala el artículo 348
del Código civil. Transcurrido este plazo sin que se haya solicitado la renovación, estas
concesiones se entenderán caducadas, trasladándose los restos cadavéricos que hubiera en
los nichos a la fosa común o lugar designado por el Ayuntamiento, revirtiendo al mismo los
derechos sobre tales nichos.
CVE:
BOP-2024-805
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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