Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2024-791)
BOP-2024-791 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Seguridad y la Convivencia Ciudadana.
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Asimismo esta Ordenanza tiene por objeto la prevención de cualesquiera actuaciones
perturbadoras de la convivencia ciudadana y la protección, tanto de los bienes públicos de
titularidad municipal como de las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio
urbanístico y arquitectónico del Municipio frente a las agresiones, alteraciones y/o usos
indebidos de que puedan ser objeto, la sanción de las conductas incívicas y la reparación de
los daños causados.
ARTÍCULO 3. Ámbito de Aplicación.
La presente Ordenanza es de aplicación en todo el término municipal de Casatejada. La
ordenanza es de aplicación en todos los espacios públicos del municipio (calles, vías de
circulación, aceras, plazas, espacios verdes, aparcamientos…, así como construcciones,
instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes y elementos de dominio público municipal
situados en aquéllos). También están comprendidos en las medida de protección de la
presente Ordenanza los bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones
Públicas y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano del Municipio
en cuanto están destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos
de un servicio público, tales como: vehículos de transporte, bicicletas, aparcabicis,
contenedores, vallas, carteles, anuncios, señales de tráfico, quioscos, terrazas, toldos,
jardineras y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.
La Ordenanza se aplicará a todas las personas que estén en el término municipal de
Casatejada, sea cual sea su concreta situación jurídica administrativa. También es aplicable a
las conductas realizadas por los menores de edad en los términos y con las consecuencias
previstas en la presente Ordenanza y en el resto del Ordenamiento Jurídico. En los supuestos
en que así se prevea expresamente, los padres, tutores o guardadores, también podrán ser
considerados responsables de las infracciones cometidas por los menores cuando concurra
dolo, culpa o negligencia. El término municipal de Casatejada es el comprendido dentro de los
límites señalados en las correspondientes actas de delimitación y fijación.
CAPÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOS
ARTÍCULO 4. Derechos.
Los derechos de los vecinos del término municipal son los siguientes:
—Derecho a la protección de su persona y sus bienes.
—Utilizar los servicios públicos municipales y acceder a los aprovechamientos comunales,
conforme a las Normas aplicables.
CVE:
BOP-2024-791
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en:
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Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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