Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2024-790)
BOP-2024-790 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Expedicion de documentos administrativos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Casatejada
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Expedicion de documentos administrativos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación integral
de la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa por Expedición de Documentos Administrativos,
cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo
17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS
ADMINISTRATIVOS.
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española,
y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa por expedición de documentos
administrativos, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo
dispuesto en el artículo 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa municipal desarrollada con
motivo de la tramitación, a instancia de parte, de determinados documentos que expida y de
expedientes de que entienda la Administración o las Autoridades municipales.
A estos efectos, se entenderá tramitada a instancia de parte cualquier documentación
administrativa que haya sido provocada por el particular o redunde en su beneficio aunque no
haya mediado solicitud expresa del/a interesado/a.
CVE:
BOP-2024-790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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