Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-787)
BOP-2024-787 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Recursos Humanos, Empleo, E-Administración y Deporte, ejercicio de 2024.
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En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no
podrán adquirirse compromisos de gasto superiores a su importe.
ARTÍCULO 13. FINANCIACIÓN
Con carácter general los costes previsibles de este Plan Estratégico se financian con
cargo a créditos iniciales del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Cáceres, y las
aplicaciones presupuestarias que se especifican para cada caso en su anexo.
CAPÍTULO 4. CONTENIDO DEL PLAN, SEGUIMIENTO Y CONTROL
ARTÍCULO 14. CONTENIDO DEL PLAN
Las líneas de subvenciones para el ejercicio 2024 de la Concejalía de Recursos
Humanos, Empleo, E-Administración y Deporte de este Ayuntamiento se recogen en el anexo
que acompaña a este Plan, y para cada una de ellas se especifica:
- Aplicación presupuestaria en la que se prevé la consignación del crédito
correspondiente.
- Sectores a los que se dirigen las subvenciones.
- Objeto y efectos que se pretenden con su aplicación.
- Destinatario.
- Modalidad de concesión para distinguir el procedimiento a aplicar en cada caso de
conformidad con lo establecido al respecto en el Capítulo 2 del presente plan.
- Plazo necesario para su consecución.
- Coste.
- Financiación.
- Plan de acción.
- Indicadores.
ARTÍCULO 15. MODIFICACIONES DEL PLAN
La concesión de subvenciones no recogidas en el PES está condicionada a la
modificación previa del mismo.
La introducción de nuevas líneas de subvención en el PES o la modificación de líneas
ya incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido
Plan.
No será necesaria la modificación del PES en los supuestos de modificación de líneas
de subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado
a una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma
permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar acreditado en el expediente, por
parte del órgano gestor correspondiente.
ARTÍCULO 16. SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
CVE:
BOP-2024-787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de febrero de 2024
N.º 0033
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