Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-783)
BOP-2024-783 AT-8984-1. Nueva línea aérea de alta tensión 45 kV, entre la ST "Plasencia" y el apoyo 5.088 de la línea aérea de alta tensión "Jaraíz" en los términos municipales de Plasencia, Malpartida de Plasencia y Gargüera (Cáceres).
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de la línea entre el apoyo 5088 y la subestación eléctrica de reparto STR Jaraíz, esta se
recoge en otro proyecto.
Respecto a los apoyos que aparecen en dos fincas a la vez, estos se valoran como
afección para las dos más cercanas (por estar junto a la linde); que los accesos
proyectados se han estimado los de mayor viabilidad, pudiendo modificarse si no afecta
a terceros y, por último, para evitar la posible afección del apoyo nº 30 a un alcornoque,
propone desplazar levemente dicho apoyo para evitar la misma.
En cuanto a las alegaciones presentadas por D. Luis Antonio Loro García, referidas a las
fincas nº 36, 38 y 39 ya citadas, la empresa argumentó la imposibilidad de realizar el
cambio de trazado indicado en las mismas, debido a los criterios medioambientales
marcados, poniendo de manifiesto la idoneidad del trazado diseñado y el cumplimiento
de este de la legislación en vigor que regula las instalaciones eléctricas de alta tensión
para minimizar o evitar el riego por incendio. Además, que los accesos proyectados, en
caso necesario, se pueden modificar a petición del propietario y, que la distancia de la
línea a las edificaciones indicadas es de 23,32 metros, siendo superior a la distancia de
seguridad de 5 metros establecida en la reglamentación en vigor.
El Servicio de Ordenación Industrial Energética y Minera, dio traslado de lo comunicado
por la empresa a los titulares de las fincas n.º 24, 25, 36, 38 y 39 ya citadas,
notificándoles y poniendo en su conocimiento en el mismo acto, que las consideraciones
realizadas de carácter medioambiental habían sido contestadas por el órgano
competente en dicha materia en la Resolución por la que formula declaración de impacto
ambiental favorable; que el trazado proyectado se considera como ajustado a la
legislación vigente e informándoles de que procedía a proseguir la tramitación del
procedimiento.
La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
CVE:
BOP-2024-783
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de febrero de 2024
N.º 0032
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