Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2024-775)
BOP-2024-775 Bases y convocatoria de una plaza de Operario/a de Servicios, mediante oposición, turno libre correspondiente a la Oferta de Empleo 2023.
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Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
La Resolución por la que se declaren aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas agotará la vía administrativa.
Contra la citada Resolución cabrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el
plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su
publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo
simultanearse ambos recursos.
Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o a instancia del
interesado en cualquier momento del proceso selectivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE UNDÉCIMA. TRIBUNAL CALIFICADOR
La designación del Tribunal Calificador se efectuará conforme a las prescripciones que, respecto a
los órganos de selección, se contienen en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
El Tribunal Calificador estará constituido por un número impar de miembros, funcionarios de
carrera, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, y
estarán comprendidos, en todo caso, por un Presidente, un Secretario, con voz y sin voto, que será
el Secretario de la Corporación o funcionario de carrera en quien delegue, y un mínimo de cuatro
Vocales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: El personal que desempeñe
cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el
personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual y el personal directivo
profesional.
De igual forma, no podrán formar parte de los Tribunales Calificadores aquellos funcionarios que,
en el ámbito de sus actividades privadas, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas de acceso a la misma o equivalente categoría a la que corresponden las plazas
convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria, e igualmente si
hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores
de la categoría a la que pertenezcan las plazas convocadas.
La composición del Tribunal Calificador será predominantemente técnica. Todos sus miembros
deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para la categoría de las plazas
convocadas.
La pertenencia a los Tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o
algunas pruebas que serán designados por el propio grupo de trabajo, en cualquier momento del
proceso de selección. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en
base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal y tendrán voz, pero no voto.
CVE:
BOP-2024-775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de febrero de 2024
N.º 0032
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