Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2024-765)
BOP-2024-765 Baja de oficio del Padrón Municipal.
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la tramitará el mismo Ayuntamiento y se encargará de remitirla al correspondiente municipio de
alta, en los diez primeros días del mes siguiente o, si reside en el extranjero, al Instituto
Nacional de Estadística que la trasladará, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, a la
correspondiente oficina o sección consular para que proceda a darle, asimismo, de alta en el
Registro de Matrícula.
TERCERO. Que, de haberse recibido alegaciones durante el trámite de audiencia, sean éstas
remitidas a los Servicios Técnicos Municipales para su informe.
CUARTO. Que, tras el informe técnico, se remita el expediente a Secretaría para la emisión del
informe-propuesta.
QUINTO. Con los informes anteriores, trasládese a este Alcaldía para que resuelva lo que
proceda.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
La publicación del presente anuncio tiene meramente efectos informativos, siendo facultativa y
previa a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la cual se considerarán
notificados/as a los/as interesados/as en el procedimiento objeto de la misma a todos los
efectos; todo ello tal y como establece el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almaraz, 9 de febrero de 2024
Juan Antonio Díaz Agraz
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-765
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de febrero de 2024
N.º 0032
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