Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2024-765)
BOP-2024-765 Baja de oficio del Padrón Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Almaraz
ANUNCIO. Baja de oficio del Padrón Municipal.
Por Resolución de Alcaldía n. º 38/2024 de fecha 24-enero-2024, se aprobó iniciar expediente
de baja de oficio en el Padrón Municipal de D. Agustín Martínez García, por inscripción
indebida. No habiéndose podido practicar la notificación personal al interesado, mediante el
presente anuncio se hace pública dicha Resolución del tenor literal siguiente:
Visto el informe de comprobación de los hechos emitido en fecha 23-enero-2024 por los
Servicios Técnicos Municipales de Policía Local, en el que se ponía de manifiesto que, D.
Agustín Martínez García, empadronado en este Municipio, no cumplía con los requisitos del
artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 24-
enero-2024, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Que se inicie el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal por inscripción
indebida de D. Agustín Martínez García.
SEGUNDO. Que se dé audiencia a D. Agustín Martínez García, por plazo de diez días, para
que presente las alegaciones y documentos que estime pertinentes, advirtiéndole que, de no
recibir contestación en cuanto a su conformidad o disconformidad en el citado plazo, se
realizará la baja de oficio. Si el interesado manifiesta su conformidad con la baja, y comunica al
Ayuntamiento su lugar de residencia habitual, se acordará la baja de oficio. Si el interesado no
manifiesta su conformidad con la baja, ésta solo podrá llevarse a cabo previo informe favorable
del Consejo de Empadronamiento Si el afectado comunica residir habitualmente en otro
municipio, o domicilio del mismo municipio, deberá solicitar por escrito el alta, o modificación,
en el Padrón municipal correspondiente o, en el caso de ser un ciudadano español que no viva
habitualmente en España, en el Padrón de españoles residentes en el extranjero. Esta solicitud
CVE:
BOP-2024-765
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de febrero de 2024
N.º 0032
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