Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-748)
BOP-2024-748 Publicación definitiva Ordenanza IVTM.
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3. A los efectos de la aplicación de las anteriores tarifas, y la determinación de las diversas
clases de vehículos, se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, y disposiciones complementarias, especialmente el Reglamento
General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
De menos de 16 caballos fiscales. 22,09
De 16 a 25 caballos fiscales. 34,71
De más de 25 caballos fiscales. 104,13
E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción
mecánica.
De menos de 1000 y más de 750 kg de carga útil. 22,09
De 1000 a 2999 kg de carga útil. 34,71
De más de 2999 kg de carga útil. 104,13
F) Otros vehículos.
Ciclomotores. 5,53
Motocicletas hasta 125 cm³. 5,53
Motocicletas de más de 125 hasta 250 cm³. 9,46
Motocicletas de más de 250 a 500 cm³. 18,94
Motocicletas de más de 500 a 1000 cm³. 37,86
Motocicletas de más de 1000 cm³. 75,73
CVE:
BOP-2024-748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de febrero de 2024
N.º 0031
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