Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2024-739)
BOP-2024-739 Bases selección de personal laboral.
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AYUNTAMIENTO DE EL TORNO
(CÁCERES)
municipal conectada a los equipos existentes en la Casa Consistorial,
pudiendo plantear cada uno de ellos diversas cuestiones sobre el
temario que figura en las bases y/o en relación con las funciones a
desempeñar en el puesto de trabajo, en el tiempo que estime el
Tribunal, que no podrá exceder de treinta minutos.
Este ejercicio será valorado de 0 a 30 puntos por cada miembro del
tribunal, siendo el resultado total la media aritmética de la
puntuación total otorgada, no teniendo en cuenta la mayor y la menor
puntuación otorgada por el tribunal, para superar la prueba se deberá
obtener como mínimo una calificación total de 15 puntos en el total
del ejercicio.
Se valorará fundamentalmente la claridad expositiva, ausencia
de faltas de ortografía, capacidad de raciocinio y acertada resolución,
así como la capacidad de síntesis y adecuada interpretación de la
normativa aplicable, etc. Se podrán utilizar textos legales y máquinas
de cálculo no científicas y no programable, estando excluidos
expresamente la tenencia de teléfonos móviles y el uso del correo
electrónico o internet para poder realizar consultas externas o
contactar con el exterior, siendo causa de exclusión su utilización.
Los supuestos prácticos serán los mismos para todas/os las/los
aspirantes y el orden de actuación de las/los aspirantes, cuando no
pueda ser simultáneo, será el siguiente: Se iniciará por aquellas
personas cuyo primer apellido comience por la letra “W”, según el
orden alfabético resultante del listado de aspirantes admitidas-os y si
no existe ninguna persona, se continuará por aquellas-os cuyo primer
apellido comience por, “X”, “ Y “ y así sucesivamente (según
resultado de la Resolución de 27-07-2023, se la Secretaría de Estado
de Función Pública).
Fase de concurso de méritos.
Será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y supondrá
un 40% de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo. Consistirá en la
calificación de los méritos alegados en el momento de la solicitud de participación, de
acuerdo con el baremo de méritos establecido. Sólo podrán valorarse aquellos méritos
obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la
convocatoria.
Se valorarán los méritos de acuerdo con la siguiente graduación: Puntuación
máxima 40 puntos.
A) Servicios prestados o experiencia profesional: Máximo 30 puntos.
8
Cód.
Validación:
NPJF4XCF9RMGSFE6LDR67HFJH
Verificación:
https://aytoeltorno.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-739
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de febrero de 2024
N.º 0030
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