Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-722)
BOP-2024-722 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2024 10:05:55
Código Seguro de Verificación (CSV): 12015BBB9A349619B197E7D718D88070
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/12015BBB9A349619B197E7D718D88070
Fecha de sellado electrónico: 06-02-2024 10:05:56 Fecha de emisión de esta copia: 06-02-2024 14:14:04
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Apilación de las ropas sucias y traslado, en su caso, para su posterior recogida por el servicio de lavandería
(si lo hubiere).
Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona
usuaria.
Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso personal, que no requieran el
servicio de un especialista (cambio de bombillas, cambio de bolsas de aspiradora, sustitución de pilas,...).
PRESTACIONES DE CARÁCTER PERSONAL:
El aseo e higiene personal, habitual o especial, arreglo personal, ducha y/o baño, incluida la higiene
bucal.
Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas en la
realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Fomento de hábitos de higiene y orden.
En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas mediante una correcta
higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria.
Cuidados básicos a personas incontinentes.
Ayuda para la ingestión de alimentos.
Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona usuaria.
PRESTACIONES DE APOYO FAMILIAR Y RELACIONES CON EL ENTORNO:
Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades
de carácter educativo, terapéutico y social.
Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y
administrativa.
Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal, evitando el
aislamiento.
Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
Fomentar estilos de vida saludable y activos.
Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen en el seno de
la familia.
Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en acompañamientos a
centros escolares, de ocio, sanitarios y otros.
Las prestaciones descritas anteriormente serán establecidas por un/a Trabajador/a Social del Servicio
Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Miajadas, quien valorará los cuidados que necesita
la persona beneficiaria, y desarrollará las pautas de actuación en cada caso concreto, asimismo realizará
la supervisión de todas aquellas circunstancias o alteraciones en el estado de la persona usuaria, que
varíe, agrave o disminuya las necesidades de prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y
de relaciones con el entorno.
8.2 PRESTACIONES EXCLUIDAS DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
Quedan EXCLUIDAS del Servicio las siguientes prestaciones:
PRESTACIONES DE CARÁCTER DOMÉSTICO
Descolgar y/o limpiar persianas por el exterior.
Descolgar lámparas.
Limpiezas generales.
Limpieza y pintura de paredes.
Limpieza de obras.
Limpieza de escaleras y portales.
Limpieza y/o adecuación de estancias de la vivienda que no sean ocupadas por el/losusuarios directos del
Servicio.
Abrillantamiento de suelos.
Abrillantar objetos metálicos y limpieza de dorados y cromados.
Arreglos de averías en el domicilio.
Lavar a mano.
En la realización de tareas domésticas NO se deberán utilizar productos químicos peligrosos, ni productos
con el pictograma de corrosivos.
Cuando existan animales (perros, gatos etc.), estos NO deberán estar sueltos en las mismas dependencias
donde la/el auxiliar realiza las tareas, o deberán estar sujetos de forma que no puedan causarle daños.
De igual manera, no corresponde al auxiliar la atención de dichos animales, ni limpiar los excrementos
de los mismos.
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CVE:
BOP-2024-722
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de febrero de 2024
N.º 0029
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