Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-689)
BOP-2024-689 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de actualización y mantenimiento del Catastro de urbana y rústica de los municipios de la Provincia de Cáceres.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Provincia
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres
EDICTO. Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la
prestación de servicios de actualización y mantenimiento del Catastro de urbana
y rústica de los municipios de la Provincia de Cáceres.
El Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, HACE SABER: Que
esta Diputación Provincial ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza
Reguladora de la Tasa POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTUALIZACION Y
MANTENIMIENTO DEL CATASTRO DE URBANA Y RÚSTICA DE LOS MUNICIPIOS DE LA
PROVINCIA DE CÁCERES, cuyo texto íntegro se publica a continuación y que es el siguiente:
Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4.t) del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Diputación
Provincial de Cáceres, establece la “TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
ACTUALIZACION Y MANTENIMIENTO DEL CATASTRO URBANO Y RÚSTICO DE LOS
MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA”.
Artículo 2º.- Hecho imponible.
1.- Constituye el hecho imponible de la Tasa, la actividad administrativa desarrollada con
motivo de la tramitación de toda clase de trabajos necesarios para efectuar la actualización y
mantenimiento del Catastro urbano y rústico de los municipios de la provincia de Cáceres que
entienda la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria.
A estos efectos, se entenderá tramitada, cualquier documentación administrativa que haya sido
provocada por el Ayuntamiento o redunde en su beneficio, aunque no haya mediado solicitud
expresa del/a interesado/a.
CVE:
BOP-2024-689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de febrero de 2024
N.º 0028
Pág. 2953