Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-669)
BOP-2024-669 Aprobación Plan de Disposición de Fondos.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CALZADILLA
Plaza de Extremadura, 1 10817 Calzadilla – Cáceres
3. Obligaciones contraídas en ejercicios cerrados
Por otro lado, el artículo 107 de la Ley General Presupuestaria, de aplicación a las
Entidades Locales en virtud del artículo 194.3 TRLHL, establece ciertos criterios
objetivos que deben tenerse en cuenta a la hora de expedir las órdenes de pago,
como la fecha de recepción, importe, aplicación presupuestaria y forma de pago, entre
otros. De tal manera que, si no se aprobara ningún Plan de Disposición de Fondos el
resto de obligaciones no indicadas en las prioridades legales deberían abonarse por
orden de antigüedad.
NORMAS Y PRINCIPIOS
1º. El Plan de Disposición de Fondos se emite como herramienta de planificación
financiera de la Tesorería Local al efecto de establecer las normas en las que se deben
basar las órdenes de pago que se emitan en el Ayuntamiento de Calzadilla.
La gestión de los fondos que forman parte de la Tesorería se llevará a cabo con
sujeción al principio de unidad de caja de manera que se centralizarán en la Tesorería
todos los fondos obtenidos por operaciones presupuestarias y no presupuestarias, los
cuales se destinarán conjuntamente para el pago de las obligaciones presupuestarias y
no presupuestarias.
2º.- Con independencia del orden de prelación establecido, las órdenes de pago
deberán expedirse de manera que se cumplan los plazos establecidos en el artículo 4
de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen Medidas contra la
Morosidad, en su redacción dada por la Ley 15/2010, de 5 de julio.
3º.- En la programación de órdenes de pago, cuando las disponibilidades de fondos
estimadas razonablemente, no permitan atender al conjunto de las obligaciones
reconocidas de naturaleza presupuestaria y a los pagos exigibles de naturaleza no
presupuestaria, se estará al siguiente:
ORDEN DE PRELACIÓN.
NIVEL 1.- Gastos de amortización de la deuda Pública. Gastos financieros
derivados tanto de operaciones de préstamo como de Operaciones de Tesorería, así
como el pago de sus correspondientes cuotas de amortización de capital.
CVE:
BOP-2024-669
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de febrero de 2024
N.º 0027
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