Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Morcillo. (BOP-2024-654)
BOP-2024-654 Aprobación definitiva de Ordenanza reguladora de la tasa por la utilización privativa y/o aprovechamiento especial de la nave municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Morcillo
ANUNCIO. Aprobación definitiva de Ordenanza reguladora de la tasa por la
utilización privativa y/o aprovechamiento especial de la nave municipal.
Acuerdo del Pleno de fecha 13 de diciembre del Ayuntamiento de Morcillo por el que se
aprueba definitivamente de modificaciónde la Ordenanza reguladora de la tasa por la utilización
privativa y/o aprovechamiento especial de la nave municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificaciónde la
Ordenanza reguladora de la tasa por la utilización privativa y/o aprovechamiento especial de la
nave municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y/O
APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LA NAVE MUNICIPAL.
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades previstas en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley 8/89, de 13 de abril, de
tasas y precios públicos, Ley 25/1998 de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las
Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter
Público y demás normativas de aplicación, el Ayuntamiento de Morcillo, modifica la tasa por la
utilización privativa y/o aprovechamiento especial de la nave municipal, y aprueba la
Ordenanza por la que se ha de regir, regulada a través de esta Ordenanza de acuerdo con lo
previsto en el mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004.
Artículo 2. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa, la utilización privativa y/o aprovechamiento especial
de la Nave municipal, situada en la calle Barrio Nuevo s/n, de Morcillo.
CVE:
BOP-2024-654
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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