Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-642)
BOP-2024-642 Bases convocatoria concurso de méritos ordinario, permanente y abierto.
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115 y siguientes de la Ley 13/2015, de 8 de abril de Función Pública de Extremadura y en
virtud del mandato y previsión del artículo 101 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, que establece que los puestos de trabajo vacantes que deban ser
cubiertos por los/as funcionarios/as a que se refiere el artículo anterior se proveerán en
convocatoria pública por los procedimientos de concurso de méritos o de libre designación, de
acuerdo con las normas que regulen estos procedimientos en todas las Administraciones
públicas.
Añade este precepto que, en dichas convocatorias de provisión de puestos de trabajo, además
de la participación de los/as funcionarios/as propios/as de la entidad convocante, podrán
participar los/as funcionarios/as que pertenezcan a cualquiera de las Administraciones
públicas, quedando en este caso supeditada la participación a lo que al respecto establezcan
las relaciones de puestos de trabajo.
Al tratarse de un concurso permanente y abierto, se irán aprobando convocatorias con carácter
anual, teniendo que estar resueltas antes de la incorporación del personal de nuevo ingreso,
conforme se produzcan vacantes y los/as empleados/as públicos/as que reúnan los requisitos
de participación podrán presentar solicitudes por cada convocatoria, fijándose para ello las
siguientes normas de funcionamiento:
Estas bases de convocatoria tendrán una vigencia ilimitada en el tiempo, sin perjuicio de su
derogación por otra versión posterior y de las modificaciones que se vayan operando sobre las
mismas.
Con la aprobación de estas bases se lleva a efecto la primera convocatoria para la que se
ofertan los puestos que figuran en el Anexo I para personal funcionario de carrera. Serán
también susceptibles de "Provisión por resultas en esta convocatoria", los puestos que resulten
vacantes como consecuencia del proceso de adjudicación a sus titulares de los puestos
contenidos en la misma, cuando hayan sido previamente solicitados por empleados/as
públicos/as interesados/as en esa posibilidad.
En adelante, una vez resuelta esta primera convocatoria de puestos vacantes se irán
efectuando sucesivos llamamientos o convocatorias toda vez que se produzcan vacantes
definitivas en los puestos de trabajo, salvo que se trate de colectivos en los que las
características de los puestos y otras razones como el prestar servicio en la misma sede
realizando idénticas funciones, impliquen la irrelevancia de convocatoria de concursos.
Quedan excluidos del ámbito del concurso aquellos puestos de trabajo cuyos titulares están
adscritos/as a los mismos como primer destino tras la superación del correspondiente proceso
CVE:
BOP-2024-642
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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