Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-640)
BOP-2024-640 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Madroñera.
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compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá
conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
DECIMOQUINTA. - Naturaleza jurídica del Convenio y resolución de
conflictos.
El presente convenio tiene carácter administrativo, quedando sujetas las partes, por
lo que respecta a su interpretación, cumplimiento y ejecución para la resolución de los
conflictos que pudieran plantearse en relación con este Convenio de colaboración se
estará a lo dispuesto en la citada LRJSP, sin perjuicio de lo establecido por la Comisión
Mixta de Seguimiento.
En lo no previsto en este Convenio regirán la LRBRL; el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Servicios y el Real Decreto
3/2011, de 14 de noviembre; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y
demás disposiciones de Régimen Local y de derecho privado que resulten de
aplicación.
Y en prueba de conformidad respecto al presente convenio, ambas partes lo firman
por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados.
El presidente del Consorcio “MásMedio” El Alcalde-Presidente Madroñera
Fdo.: Carlos Carlos Rodríguez Fdo.: Antonio José Andrés Campo Barrado
Ante mí, el Secretario del Consorcio “MásMedio” Ante mí, el Secretario de la Corporación,
Fdo.: Alvaro Casas Avilés Fdo.: Jesús Fermín Vicente Trujillo
CVE:
BOP-2024-640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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