Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecañas de Tajo. (BOP-2024-584)
BOP-2024-584 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Auto-Taxi.
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Se considerará infracción muy grave:
1. Cometer cuatro faltas graves en el período de un año.
2. La comisión de delitos, calificados por el Código Penal como dolosos, con ocasión o motivo
de la profesión.
3. Abandonar al/a viajero/a sin rendir el servicio para el que fuera requerido, sin causa
justificada.
4. Conducir el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas tóxicas u otras
sustancias que produzcan efectos análogos.
5. Retener cualquier objeto abandonado en el vehículo sin dar cuenta de ello a la autoridad
competente dentro del plazo de las 72 horas siguientes.
6. Las infracciones determinadas en el artículo 289 del Código de Circulación y la manifiesta
desobediencia a las órdenes de la alcaldía en esta materia.
ARTÍCULO 25. Cuantía de las Sanciones.
Previa ponderación del daño producido, la cuantía de las sanciones deberá respetar las
siguientes limitaciones:
- Sanciones leves: Se sancionarán con apercibimiento o multa de hasta 100,00 euros, y/o
suspensión de la autorización o licencia por un plazo no superior a 15 días.
- Sanciones graves: Se sancionarán con multa de 101,00 euros hasta 300,00 euros, y/o
suspensión de la autorización o licencia por un plazo de 3 a 6 meses.
- Sanciones muy graves: Se sancionarán con multa de 301,00 euros hasta 1.000,00 euros, y/o
suspensión de la autorización o licencia hasta un año.
La cuantía de la sanción que se imponga, dentro de los límites establecidos en el párrafo
anterior, se graduará de acuerdo con la repercusión social de la infracción, la intencionalidad, el
daño causado en su caso, o el número de infracciones cometidas.
ARTÍCULO 26. Procedimiento Sancionador.
El procedimiento sancionador se iniciará de oficio o a instancia de parte, de conformidad con lo
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2024-584
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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