Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2024-572)
BOP-2024-572 Plan de Fomento y Activación para el empleo local 2024-2025.
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Programa de Activación para el Empleo Local 2024-
2025
1. Introducción
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de
Guadalupe procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema
productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores,
prestando especial atención a las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del
diagnóstico de situación del grupo de población que actualmente se encuentra
buscando activamente un empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que
pretenden ajustarse a la realidad actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral
de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral
a aquellos sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de
acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local,
las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer
su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a
otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el Municipio,
para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover
actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística.
Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la
vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.
Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de
los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica,
lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de
aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención
inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo
urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
CVE:
BOP-2024-572
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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