Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-518)
BOP-2024-518 Convocatoria de subvenciones para mobiliario y equipamiento de espacios públicos destinadas a Entidades Locales Municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a los veinte mil habitantes, ejercicio 2024.
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quien delegue.
Vocales: Un Diputado de cada grupo político de la Corporación; el/la Jefe/a del Servicio
o unidad del órgano gestor, o empleado/a público/a en quien delegue; el Director de las
Áreas de Presidencia, Hacienda y Asistencia a EELL, o empleado/a público/a en quien
delegue, un empleado/a público/a de la Unidad de Subvenciones técnico, especializado
en la materia.
Secretario/a: un/a empleado/a público/a, con voz pero sin voto.
La comisión de valoración evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración
establecidos en las presentes bases y dentro del crédito presupuestario disponible. De sus
sesiones se levantará un acta, que será incorporada al expediente.
BASE NOVENA. CONCESIÓN: CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad, de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y
de acuerdo con los siguientes criterios:
1.- Por el conjunto total del número de habitantes del municipio residentes en las unidades
poblacionales singulares distintas del núcleo de población principal de la Entidad Local
incluidas en el anexo, de acuerdo con los siguientes tramos:
De 20 a 100 habitantes: 1 punto.
De 101 a 500 habitantes: 2 puntos.
De 501 a 1.000 habitantes: 3 puntos.
De 1.001 habitantes en adelante: 4 puntos.
2.- Se concederá además 1 punto por cada unidad poblacional singular de más de veinte
habitantes, distinta del núcleo de población principal de la Entidad Local incluida en el anexo.
El valor del punto vendrá determinado por la cuantía que resulte de dividir la cuantía total
prevista para esta Convocatoria y suma total de puntos de todas las Entidades que concurrran
y sean admitidas a baremación (TotalConsignaciónPresupuestaria/Total de puntos
Convocatoria). El importe a conceder a cada Entidad se obtendrá multiplicando el total de
puntos obtenido por la misma por el valor obtenido para el punto aplicando la fórmula anterior.
El importe concedido se somete a los límites cuantitativos consignados en la base segunda.
Si tras el primer reparto realizado se generase un remanente de crédito, dicho remanente se
repartirá igualmente en consonancia con los criterios anteriores.
CVE:
BOP-2024-518
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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