Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-507)
BOP-2024-507 Bases de la convocatoria de dos plazas de Profesor/a del Conservatorio de Danza, mediante concurso-oposición, turno libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su
cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el
órgano que nombró al Tribunal
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior
de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad
de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión,
el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado
disponen de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la
convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera
mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia
de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados
a los aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
DÉCIMA. - Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la propuesta de nombramiento de los/as aspirantes, éstos/as aportarán los
documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de
la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no
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Firmantes:
L02000010
23/01/2024
13:21
18/25
DIR3
Órgano:
Sello
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CVE:
BOP-2024-507
Verificable
en:
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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