Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-483)
BOP-2024-483 Bases del concurso para adscripción temporal de funciones como Encargado/a del servicio de limpieza municipal y de la plaza de abastos y mercados.
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8 de abril, de la Función Pública de Extremadura; Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación
de Policías Locales de Extremadura y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería
de Administración Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los
Policías Locales de Extremadura; y demás normas concordantes de aplicación.
UNDÉCIMO- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, se presta el
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados
en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados
para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como responsable
del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos
de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, los
participantes en el presente procedimiento quedan informados y prestan su consentimiento
para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. Podrán ejercitar respecto a
sus datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Plasencia,
Negociado de Personal, c/ Rey, PLASENCIA. 10600. Asimismo, a efectos de gestión del
proceso para el que los participantes han autorizado la utilización de sus datos, estos podrán
ser comunicados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo
correspondiente.
DUODÉCIMO.- IGUALDAD DE GÉNERO
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las
presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos
los individuos, sin distinción de sexos.
Plasencia, 19 de enero de 2024
Fernando Pizarro García
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-483
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de enero de 2024
N.º 0021
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