Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-483)
BOP-2024-483 Bases del concurso para adscripción temporal de funciones como Encargado/a del servicio de limpieza municipal y de la plaza de abastos y mercados.
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a.
b.
Titulaciones Académicas (Puntuación máxima del apartado 2 PUNTOS)
Por tener titulación superior a la exigida para el acceso al puesto de trabajo: 2 puntos.
Acreditación de la titulación.
Mediante copia de la titulación académica correspondiente o el abono de las tasas por derecho
para la obtención del título.
OCTAVO.- PLAZOS DE RECLAMACIONES.
Tras la exposición provisional de la puntuación alcanzada, los participantes dispondrán de un
plazo de 3 días hábiles para formular alegaciones a la puntuación alcanzada.
NOVENO.- ORDEN DE CLASIFICACIÓN.
El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones
obtenidas por cada participante en el baremo de los méritos presentados por estos.
En caso de empate en las puntuaciones finales, se resolverían a favor de la persona con más
puntuación en el apartado experiencia, seguido de los puntos en formación. Finalmente, se
resolvería por sorteo público.
DÉCIMO.- INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas
y de las actuaciones de la Comisión, se podrán interponer impugnaciones por las personas
interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer
Recurso de Reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-
administrativo, que será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de
las bases en el B.O.P. de Cáceres (artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa).
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso en aquellos
aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la
presente convocatoria: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 13/2015, de
CVE:
BOP-2024-483
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de enero de 2024
N.º 0021
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