Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2024-482)
BOP-2024-482 Presupuesto general 2024. Aprobación definitiva.
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B A S E S.
Para la ejecución del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio de 2024.
PRIMERA: PRINCIPIOS GENERALES.
El Presupuesto General de esta Entidad constituye la expresión cifrada de las obligaciones
que, como máximo, pueda reconocer la Entidad y de los derechos que se prevean liquidar
durante el ejercicio. Las presentes bases se aplicarán con carácter general a la ejecución del
Presupuesto General de esta Entidad para este ejercicio, las cuales tendrán la misma vigencia
que el presupuesto y su posible prórroga legal. El Alcalde-Presidente velará porque, en la
ejecución de este presupuesto, se cumplan las disposiciones legales vigentes y los acuerdos
adoptados. Dicho presupuesto se elabora, ejecuta y liquida de acuerdo con la normativa legal
vigente, constituida por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, el Real Decreto 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueban las disposiciones
legales vigentes en materia de Régimen Local, el RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, por el que se regulan los Presupuestos en las Haciendas Locales y la
Orden EHA/3565/2008,de 3 de diciembre por la que se aprueba la Estructura de los
Presupuestos de las Entidades Locales, que ha sido modificada mediante Orden
HAP/419/2014 de 14 de marzo.
Las bases que se desarrollan a continuación, están sujetas a los principios definidos en Ley
Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La
elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto se realiza en un marco de estabilidad
presupuestaria. Las actuaciones de esta Entidad están sujetas al principio de sostenibilidad. El
principio de transparencia deberá permitir mediante la información contable, el presupuesto y la
liquidación, un examen suficiente y adecuado que permita verificar la situación financiera
existente. La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la
economía y la calidad, a cuyo fin se aplicaran políticas de racionalización del gasto y de mejora
del sector público local.
SEGUNDA: ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA, CARÁCTER LIMITATIVO Y NIVEL DE
VINCULACIÓN JURÍDICA DE LOS CRÉDITOS.
Los créditos incluidos en el Estado de Gastos del Presupuesto de la Entidad se han clasificado
de acorde con lo dispuesto en la vigente estructura presupuestaria en:
Por Programas, distinguiéndose: Área de Gastos, Política de Gastos y Grupos de
Programas, Programas y Subprogramas
CVE:
BOP-2024-482
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de enero de 2024
N.º 0021
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