Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-446)
BOP-2024-446 EXTRACTO. Plan Entidades Locales Menores 2024.
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3565/2008, por el que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y
su modificación mediante la Orden HAP/419/2014, incluidos por la entidad local menor en la
documentación aportada.
- Los gastos de Personal (capítulo I) incluirán las retribuciones del personal de NUEVA
CONTRATACIÓN (contratos efectuados durante todo el ejercicio 2024). El Ayuntamiento
llevará a cabo dichas contrataciones de conformidad con la legislación vigente y, en
especial, la actual reforma laboral dispuesta por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en
el empleo y la transformación del mercado de trabajo, responsabilizándose en exclusiva
de todas las actuaciones realizadas y de los efectos que produzcan.
Las posibles bajas del personal serán también subvencionables.
- Los gastos de Servicios (capítulo II) podrán incluir arrendamientos; reparaciones,
mantenimiento y conservación; y material, suministros y otros, recogidos en el capítulo
de la orden referida.
- Los gastos de Transferencias (capítulo IV) corrientes podrán incluir las
correspondientes a otras entidades locales, a empresas privadas y familias e
instituciones sin fin de lucro.
- Los gastos de Inversión (capítulo VI): podrán incluir tanto la adquisición de todo tipo de
bienes inventariables (adquisición de mobiliario, equipamiento, herramientas de toda
índole, inmuebles y /o terrenos, elementos de transporte y otros similares) destinados a
las entidades locales menores, así ccomo cualquier obra en infraestructura y terrenos.
ENTIDADES BENEFICIARIAS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES.
REQUISITOS.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales menores de la provincia de
Cáceres, de acuerdo con el Nomenclátor disponible en la página web del Instituto Nacional de
Estadística, realizada la consulta a fecha 16 de enero de 2024, y siendo los datos disponibles
los establecidos por el INE correspondientes al 1 de enero de 2022, y que no se encuentren
incursas en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones
públicas de acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 7 de la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.
El cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarias por parte de las Entidades Locales
CVE:
BOP-2024-446
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de enero de 2024
N.º 0020
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