Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-445)
BOP-2024-445 Plan Entidades Locales Menores 2024.
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constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del Plan será desde el 1 enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
En el caso de optar por gastos de personal y, por tanto, realizar nuevas contrataciones, la
fecha límite para llevar a cabo los contratos subvencionables con cargo a este Plan será el 30
de junio de 2024, siendo la fecha final máxima del periodo de ejecución el 31 de diciembre de
2024.
Tanto la duración de los contratos como de la jornada laboral serán determinados por la
Entidad Local según su conveniencia y oportunidad, de conformidad con la legislación vigente
y, en especial, la actual reforma laboral dispuesta por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el
empleo y la transformación del mercado de trabajo, responsabilizándose en exclusiva de todas
las actuaciones realizadas y de los efectos que produzcan.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.
PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN.
Sólo podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución cuando al tratarse de un gasto a realizar
mediante adjudicación de contrato, este no haya podido adjudicarse en tiempo y forma por
causas no imputables a la Administración. Para ello deberá solicitar la prórroga del plazo de
ejecución antes del 15 de diciembre del 2024 en cualquier caso.
La prórroga a conceder no podrá exceder del plazo de 6 meses.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo de justificación finalizará el 28 de febrero de 2025.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello,
si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores
subsanables en la justificación, se requerirá al/a interesado/a que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se hará a
través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y siguiendo
las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor. En caso de
no resolver adecuadamente la subsanación, el órgano gestor continuará con la tramitación
CVE:
BOP-2024-445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de enero de 2024
N.º 0020
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