Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehúncar. (BOP-2024-433)
BOP-2024-433 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
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deban responder los usuarios de los que efectivamente se produzcan en los edificios, locales e
instalaciones cedidos. También responderá del pago de las sanciones que puedan imponerse
en virtud de la aplicación de la presente Ordenanza.
La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo máximo permitido,
restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de la normativa vigente en materia
de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Se exigirá un precio público de 50 euros/día (de 10.00 horas a 10.00 horas del día siguiente)
por el uso del local, cuando la solicitud vaya destinada a actividades o celebraciones privadas
que no sean de pública concurrencia. Los actos de carácter público o social estarán exentos
del pago de precio público y de la constitución de fianza.
La constitución de la fianza y el abono del precio público se efectuará en el momento de
presentación de la solicitud.
Cuando por el uso, disfrute o aprovechamiento de cualquiera de los locales autorizados, estos
sufrieran un deterioro o desperfecto, el usuario estará obligado, sin perjuicio del abono del
precio público, a pagar los gastos de reparación."
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
Valdehúncar, 23 de enero de 2024
Isidro Nuevo Ferreras
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de enero de 2024
N.º 0019
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