Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-377)
BOP-2024-377 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de actividades por las Asociaciones Municipales 2024.
7 páginas totales
Página
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones
- Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Cedillo, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión
Extraordinaria celebrada el día 25 de Noviembre de 2004.
SEGUNDA: CARÁCTER CONDICIONADO DE LAS SUBVENCIONES, CUANTÍA Y LÍMITES
DE LAS SUBVENCIONES.
Por cada euro que cada asociación aporte para la realización de la actividad, ya sea dentro del
propio municipio o fuera, el ayuntamiento aportará 2 euros.
En todo caso, el límite máximo subvencionable por asociación será de 4.000 euros
La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición
suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario en
que vaya a ejecutarse el gasto que supone el pago de las mismas.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención serán los que señale la
intervención una vez sean aprobados los presupuestos correspondientes a la anualidad en la
que vaya a ejecutarse el gasto, y la cuantía estimada de las subvenciones convocadas es de
42.000 euros.
TERCERA: ENTIDADES SOLICITANTES.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones que reúnan los siguientes requisitos:
Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo.
Ayuntamiento de Cedillo, en el momento de publicación de la presente convocatoria.
Haber presentado justificación de gastos y memorias, correspondientes a las subvenciones
recibidas en años anteriores por el Excmo. Ayuntamiento de Cedillo.
C) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las Asociaciones deberán realizar de forma directa y por sí mismas los proyectos
subvencionados.
CVE:
BOP-2024-377
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de enero de 2024
N.º 0018
Pág. 1710