Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-341)
BOP-2024-341 Convenio de colaboración entre la Diputación de Provincial de Cáceres y el Consorcio MásMedio para la utilización recíproca de las bolsas de empleo temporal en ambas entidades.
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para el ejercicio de dichas funciones, en los términos previstos en la correspondiente Ley de Presupuestos
Generales del Estado».
TERCERO.- En estos términos, corresponde a ambas la selección de los funcionarios interinos o la realización
de contrataciones temporales que respeten los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, a
través de la cons tución de Bolsas de trabajo, teniendo ambas en dades, cons tuidas o en proceso de
cons tuir, bolsas de empleo, que podrían u lizarse recíprocamente.
CUARTA.- En base a lo expuesto y con la voluntad de ajustar sus relaciones recíprocas a los deberes de
información mutua, colaboración y respeto a los ámbitos competenciales respec vos, así como a los
principios básicos de igualdad, mérito y capacidad y publicidad, ambas partes acuerdan la suscripción del
presente convenio de colaboración con sujeción a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El presente Convenio ene por objeto la adhesión del Consorcio MásMedio a las bolsas de
empleo de la Diputación Provincial de Cáceres, estén ya cons tuidas o por cons tuir, y la adhesión de la
Diputación Provincial de Cáceres a las bolsas de empleo del Consorcio MásMedio, estén ya cons tuidas o
por cons tuir, debido a las necesidades urgentes e inaplazables de personal.
SEGUNDA.- Vistas las necesidades de los servicios de las en dades citadas, par cularmente del Consorcio
MásMedio, puestas de manifiesto a través de la Presidencia/Vicepresidencia de dichas en dades públicas,
ambas quedarían obligadas a respetar el régimen de funcionamiento de las bolsas de empleo, siendo
necesario el consen miento expreso del candidato/a para su cesión, manteniendo sus derechos y número
de orden en la bolsa a la que pertenezca, caso de no aceptar el nombramiento temporal en la en dad
solicitante.
No obstante, la cesión de datos previos al nombramiento exigirá el consen miento expreso debidamente
firmado por parte de la persona interesada conforme al Anexo incorporado al presente documento. La
comunicación afectará exclusivamente a los datos de aquellas candidaturas a las que corresponda su
nombramiento según el orden de clasificación de la bolsa establecido, todo ello en cumplimiento de los
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
TERCERA.- Para que sea válida la adhesión al Convenio de Colaboración es requisito necesario que ambas
En dades acuerden y formalicen la adhesión a este convenio de forma expresa.
CUARTA.- Ambas En dades se comprometen a la actualización periódica de las bolsas de empleo. Dicha
actualización se basará en los principios de igualdad, publicidad y el carácter abierto de las convocatorias en
la selección de empleados públicos, principios rectores en la materia de selección de personal.
En todo caso, la presente adhesión respetará la vigencia máxima de cada una de las bolsas de empleo, o sus
posibles prórrogas.
QUINTA.- El presente Convenio tendrá carácter temporal y su plazo de vigencia será de cuatro años,
pudiendo acordarse su prórroga por cuatro años adicionales o su ex nción. No obstante, serán causas de
resolución del mismo las establecidas en el ar culo 51 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector
Público.
CVE:
BOP-2024-341
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de enero de 2024
N.º 0017
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