Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Pedroso. (BOP-2024-333)
BOP-2024-333 Aprobación Definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante.
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los apartados del baremo indicando en su caso los valores intermedios y los valores máximos,
en su caso; teniéndose en cuenta que la puntuación contemplada en el apartado referido a
política social no ha de ir en detrimento de la profesionalización de las personas comerciantes:
[A modo de ejemplo]:
a. El capital destinado a inversiones directamente relacionadas con la actividad y el grado de
amortización del mismo en el momento de la presentación de la solicitud.
b. La disponibilidad de las personas solicitantes de instalaciones desmontables adecuadas
para la prestación de un servicio de calidad.
c. La experiencia demostrada en la profesión, que asegure la correcta prestación de la
actividad comercial.
d. Poseer las personas solicitantes algún distintivo de calidad en materia de comercio
ambulante.
e. Haber participado las personas solicitantes en cursos, conferencias, jornadas u otras
actividades relacionadas con el comercio ambulante, especialmente aquellas que pongan de
manifiesto el conocimiento de las características particulares (etnográficas y culturales) de este
término municipal, así como de su mercadillo.
f. Haber sido sancionadas las personas solicitantes, con resolución firme, por infracción de las
normas reguladoras del comercio ambulante, o consumo u otra relacionada con la actividad: se
restará la puntuación otorgada.
g. Acreditar documentalmente estar adherido a un sistema de resolución de conflictos en
materia de consumo: mediación o arbitraje, para resolver las reclamaciones que puedan
presentar las personas consumidoras y usuarias.
h. Encontrarse inscrito en algún Registro General de Comercio Ambulante, de cualquier Estado
miembro.
i. La consideración de factores de política social como:
—Las dificultades para el acceso al mercado laboral de las personas solicitantes.
—Número de personas dependientes económicamente de las personas solicitantes.
(Se ha de tener en cuenta que la puntuación contemplada en este apartado no debe ir en
CVE:
BOP-2024-333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de enero de 2024
N.º 0016
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