Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-311)
BOP-2024-311 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para Asociaciones de Mayores 2024.
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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA
ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES EN LA CIUDAD DE CÁCERES PARA
EL AÑO 2024.
El Instituto Municipal de Asuntos Sociales, Organismo Autónomo del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, aprueba la Convocatoria Anual de Subvenciones a favor de
Asociaciones de Personas Mayores para promover la consecución de fines públicos
atribuidos a la competencia municipal, que da inicio al procedimiento general para su
concesión.
Los artículos 25.2, letras e), m) y ñ), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de
Extremadura y la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, determinan las competencias que los municipios ostentan en materia de
atención a personas en situación de necesidad y/o dependencia, promoción del
bienestar social de los mayores, fomento de la cultura y/o promoción de participación
de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información
y las comunicaciones, ostentando el Instituto Municipal de Asuntos Sociales de
Cáceres, de acuerdo con el artículo 4º de sus Estatutos, las competencias sobre
prestación de servicios sociales
El procedimiento para el otorgamiento de subvenciones por el Instituto Municipal de
Asuntos Sociales está regulado por la Ordenanza General de Subvenciones del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
El Plan Estratégico de Subvenciones 2024 del Instituto Municipal de Asuntos Sociales,
publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres numero 242 de fecha 22 de
diciembre de 2023 recoge entre sus Líneas Estratégicas de Actuación las ayudas a
Asociaciones de Mayores.
BASE PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria, al objeto de complementar las actuaciones del
Instituto Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres en la prestación de los Servicios
sociales, la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva a las Asociaciones de Personas Mayores de la ciudad, dentro de los
límites presupuestarios, para apoyar las actividades de formación, de información,
promoción social, participación y sensibilización, dirigidos a la promoción
personal y social de las personas mayores de la ciudad de Cáceres, así como
ayudar en la financiación de los gastos de funcionamiento de estas
asociaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza General de Subvenciones del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES.
1.- Mediante la presente convocatoria serán subvencionables los siguientes gastos y
actividades sufragados por las beneficiarias de las ayudas, con las limitaciones que
en las presentes bases se prevén:
a.- Gastos derivados de la realización de actividades y/o eventos previstos en el
programa anual para el año 2024 de las Asociaciones de personas mayores tales
CVE:
BOP-2024-311
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de enero de 2024
N.º 0016
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