Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-309)
BOP-2024-309 Convocatoria de los Premios de los Concursos de Carnaval 2024.
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CONVOCATORIA Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR
PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
(AYUNTAMIENTO CONCEDENTE)
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente
de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
10. Criterios de Valoración de Solicitudes
El jurado deberá ponderar de manera equilibrada los criterios de calidad artística
y técnicas, a efectos de su descripción y como orientación para la evaluación y fallo del
jurado, los criterios se desglosarán en los siguientes subcriterios:
- Concurso de Carnaval Individual Modalidad Infantil
Cada miembro del jurado calificará del 1 al 5, aspectos como:
- Trabajo de confección y montaje
- Originalidad.
- Puesta en escena (en la que se tendrá en cuenta la edad del participante).
En caso de empate un miembro de la organización tendrá el voto de calidad para
desempatar.
- Concurso de Carnaval Individual Modalidad Adulto.
Cada miembro del jurado calificará del 1 al 5, aspectos como:
- Trabajo de confección y montaje
Cód.
Validación:
5E93JYCFQH3NCWWSTYYS25NJ2
Verificación:
https://alcuescar.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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CVE:
BOP-2024-309
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de enero de 2024
N.º 0016
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