Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-309)
BOP-2024-309 Convocatoria de los Premios de los Concursos de Carnaval 2024.
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CONVOCATORIA Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR
PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
(AYUNTAMIENTO CONCEDENTE)
- Según el orden de llegada, cada grupo en la plaza, harán su última exhibición y
se situarán en el número asignado a la salida del desfile, para que así facilitar la
exhibición a todos los grupo restantes.
-Al finalizar se podrá disfrutar de la convivencia de todos los grupos, con
animación y música, mientras delibera el jurado.
Y a continuación se dará paso a la entrega de los premios.
- Recordamos que el correcto funcionamiento del evento, así como la seguridad
del mismo, depende en gran medida de la convivencia de todos los asistentes mediante
conductas apropiadas. Se trata de disfrutar en compañía de niños y mayores de la
celebración del carnaval. Todas aquellas conductas que sean inapropiadas o no correctas
motivarán la expulsión del recinto.
- Seguir las pautas de la organización.
- En caso de lluvia el III Desfile de Carnaval 2023 se desarrollará íntegramente
en el Pabellón 3 de Abril/ Pabellón Polideportivo José Luis Moretón, abriendo sus
puertas a las 18.30h. En este caso se hará un comunicado por las redes sociales del
Excelentísimo Ayuntamiento de Alcuéscar y además se les comunicará a los
representantes de cada grupo, acondicionando así , las instalaciones con una zona de
público y una zona de desfile para que pueda desarrollarse la actividad en perfectas
condiciones .
Además de lo anterior, los participantes deberán:
- Los/as participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13
de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Obligaciones de los beneficiarios.- Las obligaciones de los beneficiarios son las
siguientes:
Cód.
Validación:
5E93JYCFQH3NCWWSTYYS25NJ2
Verificación:
https://alcuescar.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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16
de
25
CVE:
BOP-2024-309
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de enero de 2024
N.º 0016
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