Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas del Ayuela. (BOP-2024-304)
BOP-2024-304 Aprobación definitiva modificación de Reglamento.
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El montaje de la tubería y accesorios deberá realizarlo personal experimentado. Antes de su
colocación se inspeccionarán los tubos interior y exteriormente para evitar suciedad,
adherencias, grietas y defectos de protección.
El descenso de la tubería se efectuará con los medios manuales o mecánicos adecuados evitando
dañar los recubrimientos. En general la tubería no se apoyará sobre el fondo de la zanja, sino
que se colocará una capa de arena con un espesor mínimo de 10 cm, para asegurar el perfecto
asentamiento de la tubería.
Cada tubo deberá alinearse perfectamente con los adyacentes. En el caso de zanjas con
pendientes superiores al 10 % la tubería se montará en sentido ascendente. En el caso de que no
fuera posible colocarlo en sentido ascendente, se tomarán las precauciones oportunas para evitar
el deslizamiento de los tubos. Si se precisase reajustar algún tubo, deberá levantarse el relleno y
prepararlo como para su primera colocación.
En el montaje de conducciones de fundición no se admitirán desviaciones mayores entre tubos
de 5o para tubos de diámetro entre 100 y 150 mm, 4o para tubos de diámetro entre 200-300
mm, y 3o para tubos de diámetro entre 350-400 mm.
Las tuberías y zanjas se mantendrán libres de agua, agotando con bomba o dejando desagües en
la excavación. Generalmente no se colocarán más de 100 metros de tubería sin proceder al
relleno, al menos parcial, para evitar la posible flotación de los tubos en caso de inundación de
la zanja y también para protegerlos de golpes, etc.
Las uniones en su caso, los cambios de dirección o sección y las derivaciones, se realizarán con
los correspondientes accesorios o piezas especiales. En los cambios de dirección, las
alineaciones rectas serán tangentes a las piezas empleadas. Los accesorios y válvulas se
instalarán sin condiciones de tensión, adoptando medidas para evitar fuerzas interiores y
exteriores. Cuando sea necesario, el peso de la carga debe ser soportado por cimentaciones.
Las uniones deberán quedar descubiertas, hasta que se hayan realizado las pruebas
correspondientes, por si fuera necesaria alguna intervención posterior. Cuando se interrumpa la
instalación de tubería se taponarán los extremos libres para evitar la entrada de agua o cuerpos
extraños, procediendo, no obstante esta precaución, a examinar el interior de la tubería al
reanudar el trabajo.
8.3. DEPÓSITOS
Un depósito es una infraestructura estanca destinada a la acumulación de agua para consumo
humano, usos industriales, protección contra incendios, riego de zonas verdes, etcétera.
La norma UNE-EN 1508:1999 especifica y aporta, entre otras, las indicaciones para el diseño de
depósitos de agua. Dependiendo de su función los depósitos pueden ser de regulación, de
reserva, de mantenimiento de presión o de alguna combinación de ambas.
Se aconseja que su capacidad sea suficiente para garantizar el abastecimiento a la zona servida
durante 24 horas, incluyendo un volumen de reserva necesaria contra incendios, y no debiendo
ser nunca inferior de la necesaria para 12 horas.
Con el fin de facilitar las labores de explotación y mantenimiento, el depósito se diseñará, como
CVE:
BOP-2024-304
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
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