Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas del Ayuela. (BOP-2024-304)
BOP-2024-304 Aprobación definitiva modificación de Reglamento.
91 páginas totales
Página
-Si el contador de la instalación estuviese en el interior de la misma y no fuera accesible
será requisito indispensable para la aplicación de lo anterior que el abonado traslade el
contador al exterior (fachada o cerramiento) y este quede accesible para su lectura y
revisión periódica. El coste de esta intervención será de cuenta del abonado.
- Solo serán reclamables por averías aquellos consumos que superen el valor del doble
de la media aritmética de los datos del mismo trimestre de los últimos 3 años.
Siendo de aplicación a aquellas averías o hechos ocurridos a partir del 1 de enero de
2023 y, con carácter excepcional, las reclamaciones por consumos elevados debidos a
averías indetectables y cuyos expedientes se encuentren resueltos por el concesionario y
pendiente de revisión según el artículo 9.10 del presente reglamento en el momento de
la publicación de este documento.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento y su anejo, todos
los abonados del servicio estarán obligados a cumplir todas sus cláusulas y condiciones,
y todas las fincas o instalaciones que tengan contratos de
suministro de agua, estarán sujetas a los recargos o tarifas que se apliquen en relación
con el suministro de agua.
SEGUNDA. Todo lo establecido en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las
competencias legalmente atribuidas a la mancomunidad de Aguas del Ayuela, a cada
uno de los Ayuntamientos de los municipios integrantes de la misma y a las demás
entidades públicas que tengan competencia sobre la materia.
TERCERA.- La Mancomunidad de Aguas del Ayuela podrá en todo momento
modificar, de oficio, el presente Reglamento por los mismos trámites que la normativa
vigente fija para su aprobación.
CUARTA.- A la entrada en vigor del presente Reglamento quedarán derogadas cuantas
normativas municipales preexistentes existan sobre la materia en lo que se opongan al
contenido del presente Reglamento.
QUINTA.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia.
ANEJO TÉCNICO
1. INTRODUCCIÓN
El presente documento, planteado como un anejo técnico REGLAMENTO REGULADOR
DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN LOS MUNICIPIOS
DE LA MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL AYUELA y con la misma fuerza legal que
ésta, pretende desarrollar los aspectos más ingenieriles involucrados en la gestión del ciclo
integral de este preciado recurso. Se consigue con ello descargar el cuerpo normativo del
CVE:
BOP-2024-304
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
Pág. 1324