Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2024-293)
BOP-2024-293 Modificación de las bases por las que se regirá la cobertura de 1 plaza de peón/a de servicios múltiples, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
14 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE CABRERO
La convocatoria del proceso selectivo, así como las presentes bases se publicarán también en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabrero y en su sede electrónica:
https://cabrero.sedelectronica.es/info.2
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de
presentación de instancias establecido en las presentes bases.
La presentación de la instancia fuera de plazo establecido supondrá causa de exclusión del/de la
aspirante del proceso selectivo.
Los/as aspirantes otorgan su consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal
que sean necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, así como para la
publicación, tanto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabrero como en su sede
electrónica, de su nombre, apellidos y calificaciones en las listas de admitidos/as y excluidos/as,
en aquellas otras derivadas de esta convocatoria, así como en las listas de calificación final y
del/de la aspirante propuesto/a para su contratación, todo ello de conformidad con lo establecido
en la normativa vigente en la materia.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la corporación dictará
resolución en el plazo máximo de 1 mes aprobando la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para
que los/as aspirantes excluidos/as expresamente, así como los/as que no figuren en la relación de
admitidos/as ni en la de excluidos/as, puedan subsanar, si es posible, los defectos que hayan
motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Concluido el plazo de subsanación y alegaciones, la Presidencia de la corporación procederá a la
aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
La composición del tribunal calificador deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros y se tenderá dentro de lo posible a la paridad entre hombres y
mujeres.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
WS7C239FAMNWY3SWPGCMGXPMG
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
7
de
14
CVE:
BOP-2024-293
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
Pág. 1230