Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campo Lugar. (BOP-2024-252)
BOP-2024-252 Aprobación definitiva Reglamento Orgánico.
23 páginas totales
Página
Artículo 28.
1.- El/la Alcalde/sa puede realizar delegaciones especiales para cometidos específicos en favor
de cualesquiera Concejales.
2.- Las delegaciones en los/as Concejales/as, dentro de los límites que expresamente se les
confieran, podrán alcanzar la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Artículo 29.
1.- Todas las delegaciones a que se refiere el artículo anterior se realizarán mediante
resolución surtiendo efecto desde el momento de su adopción.
2.- Las modificaciones de las delegaciones serán igualmente realizadas por resolución y
surtirán efectos desde el momento de su adopción.
3.- De todos los actos de delegación que El/la Alcalde/sa realice en función de lo establecido
en el presente artículo y en el anterior, deberá dar cuenta al Pleno en su sesión ordinaria
inmediata y serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
CAPÍTULO III. De los/as Tenientes de Alcalde/sa
Artículo 30.
1.- El/la Alcalde/sa nombrará o cesará libremente a los/as Tenientes de Alcalde/sa, de entre
los/as concejales/as del pleno
2.- Los nombramientos y los ceses se harán mediante resolución del Alcalde de la que se dará
cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose, además, personalmente a
los/as designados/as, y se publicará en el Boletín Oficial de Cáceres, sin perjuicio de su
efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el/la Alcalde/sa, si en ella no
se dispusiera otra cosa..
3.- La condición de Teniente de Alcalde/sa se pierde, además de por el cese, por renuncia
expresa manifestada por escrito y por pérdida de la condición de miembro del pleno.
Artículo 31.- Corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcalde/sa, en los casos de
ausencia o enfermedad de éste. Así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los
supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el/la nuevo/a Alcalde/as. En los
CVE:
BOP-2024-252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de enero de 2024
N.º 0013
Pág. 1026