Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2024-247)
BOP-2024-247 Bases para la provisión por interinidad del puesto de Secretaría
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Expediente nº: 103/2024
Bases que han de Regir la Convocatoria
Procedimiento: Provisión de Puesto de Trabajo Mediante Nombramiento Interino (Funcionario con
Habilitación de Carácter Nacional)
Asunto: Bases Secretaría categoría de entrada
Documento firmado por: Alcaldía
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la provisión del
puesto de Secretaría, categoría de entrada, del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, Cáceres,
mediante nombramiento interino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con
habilitación de carácter nacional.
El nombramiento será válido hasta tanto la plaza sea cubierta por cualquier fórmula prevista en
el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que tenga carácter prioritario al nombramiento
interino, y en todo caso hasta un plazo máximo de tres años.
Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, con el nivel de
complemento de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la
respectiva relación de puestos de trabajo y se hallen consignadas en el presupuesto municipal.
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
1ª. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo 19.1º del
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el artículo 4 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de
aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2ª. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
3ª. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales
vigentes para la jubilación forzosa.
Cód.
Validación:
9R39SRR37SDCM2NPCJF5Y262J
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
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Miércoles, 17 de enero de 2024
N.º 0012
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