Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-179)
BOP-2024-179 Bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en disciplina urbanística, especialidad Jurídica.
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El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases. El proceso selectivo será
valorado con un máximo de 10 puntos:
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
7.2. Fase de Oposición: Las puntuación máxima alcanzable en esta fase es de 6 puntos.
Consistirá en un ejercicio que se puntuará, a efectos de su corrección, de 0 a 10 puntos.
El único ejercicio de la fase de oposición consistirá en realizar dos supuestos prácticos,
entre tres propuestos por el Tribunal, en un tiempo máximo de dos horas, referentes al Temario
anexo a las presentes Bases, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean
en referencia a los puestos objeto de la convocatoria.
Cada supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se establezca en el mismo,
debiendo superarse la puntuación media del 5 entre los dos supuestos realizados.
7.3 La Fase de Concurso, que será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter
eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar la Fase de Oposición.
La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la
puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran a
continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de
participación en el proceso selectivos, que consten relacionados en el apartado correspondiente
de la instancia y contraídos hasta el día de publicación del anuncio en el BOE.
A. Titulación: Máximo 0,4 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en cada
uno de los Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al siguiente cuadro:
GRADO + MASTER Doctor/a 0,40
Licenciado/a no
exigido 0,30
Grado 0,30
Master no exigido 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
CVE:
BOP-2024-179
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 15 de enero de 2024
N.º 0010
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